Licencia por muerte de un familiar en Ecuador, 5 aspectos a considerar

Licencia por muerte de un familiar en Ecuador, 5 aspectos a considerar

Nadie está preparado para recibir malas noticias, sean estas sobre el ámbito profesional como en el ámbito personal. Un ejemplo de este último es cuando un familiar cercano de repente sufre un accidente grave que lo ubica en una situación vulnerable de codependencia con respecto a los cuidados que usted y el resto de su familia podrían proporcionarle y así realizar trámites por la muerte de un familiar. Al igual que contar con un plan de previsión, es de mucha ayuda en estos escenarios dolorosos. 

En el mejor de los casos, el accidente, enfermedad o imprevisto ocurrido a un familiar en Ecuador no genera mayores consecuencias y, después de brindar los cuidados correspondientes al damnificado, usted puede reincorporarse sin mayores contratiempos a su trabajo. En el peor de los casos, el accidente o enfermedad de gravedad es de tal magnitud que deviene en muerte segura, y es allí cuando es preciso tramitar la licencia por muerte de un familiar.

En Ecuador la licencia por muerte de un familiar (calamidad doméstica) se otorga a los trabajadores de empresas públicas y privadas que necesitan ausentarse de sus lugares de trabajo de manera legal y justificada debido a algún tipo de inconveniente de gravedad que les impidan desempeñar sus funciones u obligaciones con normalidad.

Por determinada cantidad de días, los trabajadores pueden ausentarse para poder encargarse de las urgencias y de la planificación funeraria de camposantos y servicios, como bóvedas o cremación, a fin de mantener cierto control de la situación y así poder retornar a sus actividades regulares.

  1. ¿Qué es calamidad doméstica y en qué casos aplica?

Por calamidad doméstica se entiende todo suceso familiar cuya gravedad afecta el normal desarrollo de las actividades, como el fallecimiento de un familiar, enfermedad o lesión grave de sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, para sucesos imprevistos como estos es recomendable contar con planes previsorios que te ayudan a tener la asesoría que necesitas.

El artículo 42, numeral 30 del Código de Trabajo determina la obligación de conceder licencia hasta por tres días al trabajador en caso de fallecimiento de su cónyuge o de su conviviente en unión o de sus parientes en segundo grado de consanguinidad o afinidad. 

Asimismo, pueden existir permisos laborales contemplados en el reglamento interno de las empresas para cubrir otro tipo de calamidad doméstica, como lesión grave, enfermedad de parientes, etc. 

El permiso de calamidad doméstica se encuentra en el segundo grado de consanguinidad o afinidad y estos son los miembros de la familia que participan:

  • Familiares en segundo grado de consanguinidad: abuelos, hermanos y nietos.
  • Familiares en segundo grado de afinidad: los abuelos de su cónyuge, los hermanos de su cónyuge.

El Código de Trabajo es claro en determinar quiénes y en qué circunstancias pueden solicitar la licencia o permiso por calamidad doméstica. Para solicitar el permiso de calamidad doméstica, redacte una solicitud al departamento de RR. HH. o a su jefe inmediato.

  1. ¿Qué hacer si el problema no se especifica en el código de trabajo?

Si no se especifica un problema en el código de Trabajo, este debería quedar sujeto a consideración en común acuerdo entre empleador y empleado, a fin de que las dos partes se beneficien y obtengan una solución o gratificación. De no ser así, cada uno por separado tiene derecho a contratar asesoría legal con el objetivo de continuar el proceso lo más diplomático posible.

  1. ¿Qué documentación presentar en caso de defunción?

Para solicitar una licencia por muerte de un familiar, deberá presentar los siguientes requisitos:

  • Debe redactar una carta de solicitud, que estará dirigida al departamento de RR. HH. de la empresa donde se trabaja y también al jefe inmediato. En la misma solicitud deberá explicar el motivo de la misma.
  • Si el permiso requerido es por fallecimiento de un familiar, se debe entregar la copia del certificado de defunción, esta documentación suelen entregarse al familiar que estuvo a cargo de su deceso y en mayor de los casos es requerida también por la compañía de seguro o de la funeraria o camposantos donde adquirió los servicios funerarios.
  • En el caso de hospitalización se debe entregar el certificado de hospitalización.
  1. ¿Cuántos días dispone el empleado y tiene remuneración?

La cantidad de días que son otorgados para la licencia por muerte de un familiar va a depender de la gravedad de la situación y el grado de consanguinidad o afinidad.

  • Por el fallecimiento de familiares como padres, hermanos, hijos, cónyuge o conviviente del trabajador le corresponden tres días.
  • Por la muerte de familiares como padres de cónyuges, nietos o hermanos de la pareja se le otorgan al trabajador dos días de licencia.
  • Si el trabajador debe dirigirse a otras provincias, se le otorgan dos días más de licencia.

Para qué la licencia por muerte de un familiar sea válida, se debe entregar el acta de defunción que le fue facilitada al familiar, misma acta con la que se está gestionando el contrato de servicios funerarios, con un tiempo no mayor a tres días desde que fuera emitida la misma.

A esto hay que agregar que se otorgan ocho días hábiles a los trabajadores, por motivo de lesiones o enfermedades de los hijos, cónyuge o conviviente.

También se otorgan dos días hábiles a los trabajadores por motivos de enfermedades o lesiones graves de padres y hermanos.  

  1. ¿Qué sucede si no se cumple el código? (riesgos para la empresa)

El incumplimiento de las obligaciones laborales puede ocasionar multas de hasta 20 remuneraciones básicas por trabajador afectado. A través de inspectores de trabajo, el Ministerio puede realizar inspecciones integrales para verificar que se cumplan las normas laborales inscritas en el Código de Trabajo. 

Estas inspecciones se pueden efectuar mediante entrevistas a los trabajadores, inspecciones especiales del lugar de trabajo y revisión exhaustiva de los documentos con el fin de comprobar que estén en regla. 

Esto incluye cualquier derecho y obligación consignada en el Código de Trabajo, y por supuesto, aquí hacemos hincapié en los perjuicios que podría recibir una empresa si se niega a otorgar la licencia por muerte de un familiar a un trabajador que la solicite, o bien que durante la licencia lo prive de su consabida remuneración.

Existen más riesgos que están contemplados en el Código de Trabajo de Ecuador sobre la calamidad doméstica y que involucran accidentes o siniestros de distinta índole, pero quizá ese sea un tema a desarrollar en otro artículo de Parque de la Paz. En el caso de la licencia por muerte de un familiar, que hoy tratamos, con esta información suministrada podrá estar mejor preparado si le tocase enfrentar la pérdida de su ser querido.

Conclusión

En Ecuador la licencia por muerte de un familiar es un derecho que permite a los trabajadores contar con el tiempo necesario para procesar la perdida del ser querido, todo respaldado por el Código de Trabajo asegurando que los empleados puedan cumplir sus responsabilidades familiares sin comprometer su estabilidad laboral.

En esos momentos de duelo contar con servicios funerarios profesionales, como los que ofrece Parque de la Paz, puede ser un alivio al poder optar con planes previsorios, servicios de cremación o bóvedas, asegurando que tú y tu familia reciban el apoyo con la asesoría y cotización de servicios funerarios necesaria desde la planificación hasta la ejecución.