Testamento Abierto en Ecuador: Proceso, Requisitos y Costos

Testamento Abierto en Ecuador: Proceso, Requisitos y Costos

La planificación del patrimonio es una de las decisiones más importantes que una persona puede tomar para proteger a su familia y evitar conflictos legales en el futuro. En Ecuador, la ley establece mecanismos claros para que cualquier ciudadano pueda dejar por escrito su última voluntad y determinar cómo se distribuirán sus bienes tras su fallecimiento. Esta guía reúne toda la información legal, los tipos de testamento, los requisitos vigentes y los aranceles notariales actualizados para 2026.

 Actualizado: Marzo 2026  ·  9 min de lectura  ·  Previsión · Trámites Legales · Patrimonio 

¿Qué es un testamento según la ley ecuatoriana?

De acuerdo con el Código Civil ecuatoriano, el testamento es un acto jurídico más o menos solemne en el que una persona dispone de todo o de una parte de sus bienes, para que tenga pleno efecto después de sus días. A través de este documento legal, el testador designa a sus herederos, especifica las proporciones de los bienes y puede incluir disposiciones especiales como el nombramiento de tutores o el reconocimiento de filiación.

Una característica fundamental del testamento es que es esencialmente revocable. El testador conserva la facultad de modificar o anular sus disposiciones en cualquier momento mientras viva, incluso si en el documento original expresó su intención de no revocarlo.

Clasificación de los testamentos en Ecuador

El Código Civil clasifica los testamentos en dos grandes categorías: solemnes y menos solemnes o privilegiados.

1. Testamentos solemnes

Son aquellos en los que se han observado todas las formalidades ordinarias que la ley requiere. El testamento solemne es siempre escrito y se divide en dos tipos:

Testamento abierto (o nuncupativo)

Es la modalidad más utilizada en Ecuador. El testador hace conocer sus disposiciones al notario y a los testigos presentes. Debe otorgarse ante notario y tres testigos; a falta de notario, requiere cinco testigos. Durante el acto, el testamento es leído en voz alta por el notario o por uno de los testigos designado por el testador.

Mayor transparencia y seguridad jurídica para los herederos.
No requiere proceso judicial posterior para su apertura.
Admite cláusulas especiales: designación de tutores, usufructo vitalicio, fideicomisos.
Opción más económica entre los testamentos solemnes.

Testamento cerrado

Ideal para quienes prefieren que su última voluntad permanezca en secreto hasta su fallecimiento. El testador presenta al notario y a los testigos un sobre o cubierta sellada, declarando de viva voz que en su interior se contiene su testamento. Requiere notario y cinco testigos. Las personas que no saben leer y escribir no pueden otorgar esta modalidad. Tras el fallecimiento, se requiere un proceso judicial para su apertura y publicación.

Importante: El testamento cerrado exige cinco testigos hábiles y la apertura posterior en sede judicial. Si aún no ha designado a sus testigos, consulte con anticipación los requisitos de habilidad que establece el Código Civil.

2. Testamentos menos solemnes o privilegiados

Son aquellos en los que, por circunstancias excepcionales, la ley permite omitir ciertas formalidades ordinarias.

 

Testamento militar

Diseñado para tiempos de guerra. Puede ser otorgado por militares, voluntarios, rehenes, prisioneros y civiles que acompañen a tropas en campaña. Requiere la presencia de un capitán u oficial de grado superior y tres testigos. Caduca a los 90 días si el testador sobrevive y regresa a zona donde pueda testar ordinariamente.

 

Testamento marítimo

Se otorga a bordo de un buque ecuatoriano de guerra en alta mar, ante el comandante o su segundo y tres testigos. En buque mercante, puede otorgarse ante el capitán o piloto.

Testamentos otorgados en el exterior

Los ciudadanos ecuatorianos o extranjeros domiciliados en Ecuador que se encuentren fuera del país pueden otorgar un testamento escrito a través de los Consulados y Misiones Diplomáticas del Ecuador, autorizado por un funcionario diplomático o consular.

Requiere testigos ecuatorianos o extranjeros domiciliados en la ciudad donde se otorga.
El documento debe llevar el sello oficial del consulado.
El cónsul remite el documento al Ministerio de Relaciones Exteriores para su protocolización en Ecuador.

Reglas de sucesión: ¿cómo se dividen los bienes?

En Ecuador, una persona no tiene libertad absoluta sobre el 100% de sus bienes cuando existen herederos que la ley protege (legitimarios). La masa hereditaria se distribuye de la siguiente forma:

Porción hereditaria Porcentaje Descripción
Mitad legítima 50% Se divide en partes iguales entre los legitimarios (hijos y, a falta de estos, los padres). Porción intocable.
Cuarta de mejoras 25% El testador puede mejorar la herencia de uno o varios descendientes (hijos o nietos) a su entera discreción.
Cuarta de libre disposición 25% Libertad absoluta del testador. Puede asignarlo a un amigo, institución de beneficencia o familiar lejano.
Porción conyugal 25% Parte que la ley asigna al cónyuge sobreviviente que carece de lo necesario para su sustentación.

Incluir en su testamento la previsión de servicios funerarios puede evitar cargas económicas a sus herederos.
Conozca el plan previsivo de Parque de la Paz.

Requisitos para otorgar un testamento solemne

Para formalizar un testamento, el otorgante debe cumplir con los siguientes requisitos:

Cédula de identidad o pasaporte original vigente.
Estar en pleno uso de las facultades mentales al momento del acto.
Información del núcleo familiar: nombres completos de cónyuge e hijos.
Testigos hábiles en el número que corresponda según la modalidad elegida.

¿Quiénes no pueden ser testigos?

El Código Civil establece una lista de personas inhábiles para actuar como testigos en un testamento:

Menores de 18 años.
Personas con discapacidad intelectual, ciegos, sordos o mudos.
Extranjeros no domiciliados en Ecuador.
Personas condenadas a ciertas penas establecidas en la ley.
Dependientes o empleados del notario ante quien se otorga el acto.

Regla adicional: Al menos dos testigos deben estar domiciliados en el cantón donde se otorga el testamento. Si son tres testigos, al menos uno debe saber leer y escribir; si son cinco, al menos dos deben saber hacerlo.

Costos notariales actualizados 2026

Los aranceles notariales en Ecuador están regulados por el Consejo de la Judicatura y se calculan en base al Salario Básico Unificado (SBU). Para 2026, el SBU está fijado en $482,00. A los valores indicados se debe sumar el 15% de IVA.

Trámite Base (sin IVA) Referencia SBU
Testamento abierto (ante notario) $578,40 120% SBU
Testamento cerrado (ante notario) $482,00 100% SBU
Apertura y publicación de testamento $482,00 100% SBU
Copias certificadas (por foja) $1,79 Tarifa fija
Testamento en consulados (exterior) USD $575,00 Sin IVA

Exoneraciones y descuentos especiales

La legislación ecuatoriana protege a las poblaciones vulnerables con importantes beneficios al momento de otorgar un testamento:

Adultos mayores (65 años en adelante): exentos al 100% del pago de tarifas notariales para testamentos abiertos y cerrados.
Personas con discapacidad: exoneración total presentando el carné de discapacidad emitido por la autoridad sanitaria, siempre que el acto les beneficie directamente.

Inscripción registral: Una vez celebrado, el testamento debe inscribirse en el Registro de la Propiedad correspondiente. La inscripción con cuantía determinada suele costar aproximadamente $40,00 y con cuantía indeterminada $60,00. El trámite puede iniciarse en las plataformas en línea de Gob.ec o de los municipios.

Nulidad y revocación del testamento

La ley es muy estricta con las formalidades. Según el artículo 1064 del Código Civil, el testamento solemne —sea abierto o cerrado— en el que se omita cualquiera de las formalidades exigidas no tendrá valor alguno y podrá ser declarado nulo.

Todas las disposiciones testamentarias son revocables mientras el testador viva. La redacción de un nuevo testamento revoca automáticamente las disposiciones incompatibles del anterior. Por ello, es fundamental archivar de forma ordenada todas las versiones del documento y notificar a un abogado de confianza sobre cualquier modificación.

¿Qué sucede si fallezco sin testamento?

Si una persona fallece sin dejar testamento, se abre un proceso legal conocido como sucesión intestada o abintestato. El Estado ecuatoriano suple la voluntad del difunto y distribuye los bienes según el siguiente orden jerárquico:

 

1.° Los hijos

Excluyen a los demás herederos y dividen la herencia en partes iguales.

 

2.° Los padres y el cónyuge

A falta de hijos, la herencia se divide en dos partes: una para los ascendientes y otra para el cónyuge sobreviviente.

 

3.° Los hermanos

A falta de los anteriores. Los hermanos carnales reciben el doble de la cuota que los medios hermanos.

 

4.° Los sobrinos y el Estado

En ausencia de hermanos, concurren los sobrinos y el Estado ecuatoriano. Si no existe ningún heredero legal, la totalidad de los bienes pasa al Estado.

Planifique su legado con tranquilidad

En Parque de la Paz le acompañamos en la previsión de sus servicios funerarios, para que su familia no enfrente cargas económicas ni decisiones difíciles en los momentos más delicados.

Conocer el plan previsivo

Preguntas frecuentes sobre testamentos en Ecuador

¿Desde qué edad se puede otorgar un testamento en Ecuador?

El Código Civil establece que pueden testar todos aquellos a quienes la ley no prohíbe expresamente este acto. En términos generales, se requiere ser mayor de edad (18 años) y estar en pleno uso de las facultades mentales.

¿Puede un extranjero hacer testamento en Ecuador?

Sí. Los extranjeros domiciliados en Ecuador pueden otorgar testamento con las mismas formalidades que los ciudadanos ecuatorianos. El testamento puede incluir bienes ubicados dentro del país.

¿El testamento se puede hacer en línea o de forma digital?

No. El Código Civil ecuatoriano exige que el testamento solemne sea escrito y se otorgue ante notario y testigos presenciales. No existe actualmente una modalidad digital con validez jurídica plena en Ecuador.

¿Se puede incluir el pago de funerales en el testamento?

Sí. El testamento puede incluir disposiciones sobre la forma en que el testador desea que se realicen sus exequias y puede designar fondos o bienes específicos para cubrir esos gastos. Complementar esta disposición con un plan previsivo garantiza que los recursos estén disponibles de inmediato.

¿Cuánto demora el proceso de apertura de un testamento cerrado?

La apertura del testamento cerrado requiere un proceso judicial cuya duración depende de la carga procesal del juzgado y de la complejidad del caso. En promedio, puede tardar entre tres y seis meses, aunque en situaciones complejas puede extenderse.

¿Qué pasa si el notario ante quien se otorgó el testamento fallece o cierra su notaría?

Los protocolos notariales son archivos públicos. En caso de cierre o fallecimiento del notario, la Función Judicial designa a otro notario para custodiar el protocolo. El testamento mantiene su plena validez y puede obtener copias certificadas ante el notario sucesor.

Conclusión

Otorgar un testamento en Ecuador es un acto de responsabilidad patrimonial que previene conflictos familiares prolongados y costosos tras la partida de un ser querido. La elección entre el testamento abierto y el cerrado dependerá de las necesidades específicas de cada persona: el primero ofrece mayor transparencia y agilidad; el segundo, confidencialidad total hasta el momento de la apertura.

Para redactar este documento se recomienda siempre contar con el patrocinio de un abogado especialista en derecho civil o notarial, quien garantizará que las cláusulas respeten las asignaciones forzosas, se cumplan las formalidades de ley y se eviten nulidades en el futuro.

Complementar la planificación patrimonial con un plan previsivo funerario y con la asesoría legal adecuada es la forma más completa de proteger a su familia y honrar su legado de manera legítima, transparente y amparada por la legislación ecuatoriana.